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Se terminó la época en la que podías recorrer la ciudad con tu patinete eléctrico sin que la DGT tuviera constancia de ello. El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros, que ordena la creación de una base de datos gestionada por Tráfico en la que tu patinete debe figurar cuanto antes. Se trata del paso previo para cumplir con otra ley, la 5/2025, que el año pasado introdujo la obligatoriedad de asegurar estos dispositivos frente a posibles daños a terceros. Así que si formas parte de los más de cuatro millones de usuarios de estos patinetes, te toca realizar este trámite administrativo cuanto antes. Porque no se ha hablado de un plazo límite, pero si no aseguras tu patinete puedes tener un buen problema.
Desde la DGT ya han avisado que está ya lista plataforma digital para que inscribas tu patinete (este sistema aún no funciona con normalidad, según hemos podido comprobar), aunque también te puedes valer del teléfono 060 si te resulta más cómodo. En función de las características de tu patinete (los calificamos así, aunque en realidad son VMP), el sistema te pedirá unos documentos u otros. Si tu patinete cumple con el Manual de Características y posee la placa de marcaje de fábrica, solo necesitas introducir tus datos personales, el número de serie y el código del certificado que verás en el chasis. Una vez abones la tasa correspondiente, recibirás un certificado de inscripción digital que acredita que tu patinete ya es legal.
Pero también existe un régimen especial para modelos más antiguos que carecen del certificado de circulación oficial. Si el tuyo es de estos, la ley te permite seguir circulando de forma temporal hasta el 22 de enero de 2027. Para identificarlos en el sistema, basta con que aportes la factura de compra, la ficha técnica o una fotografía clara del patinete. Debes saber que esta autorización tiene fecha de caducidad, ya que a partir de ese día (22 de enero de 2027) tu patinete ya no estará permitido para circular por ciudad.
Instalar la etiqueta
Con el certificado digital en tu poder, el siguiente paso obligatorio consiste en acudir a un establecimiento autorizado (talleres de mantenimiento, tiendas de placas de matrícula...) para adquirir la etiqueta identificativa física. Incluso puedes delegar esta gestión en tu agente de seguros o en centros colaboradores, que habitualmente realizan trámites electrónicos con Tráfico. Esta placa debe ir instalada en el porta-identificador de tu patinete, o en un lugar visible si careces de soporte específico. Lo bueno es que la administración trabaja ya para que muy pronto puedas comprar un patinete nuevo con el registro ya incluido en el propio establecimiento de venta, lo que evitará este trámite algo farragoso.
La nueva 'vida legal' de tu patinete conlleva otras responsabilidades que debes conocer para evitar problemas futuros. Si decides vender el vehículo a otra persona, dispones de un plazo de 30 días para solicitar el cambio de titularidad mediante el modelo oficial. Por contra, cuando tu patinete quede inservible por accidente o desgaste, la ley exige que lo entregues en un centro autorizado para el tratamiento de vehículos. Estos recintos son quienes se encargarán de comunicar a Tráfico la baja definitiva y gestionar la destrucción del patinete.
No hacer caso a estas nuevas exigencias legales te puede resultar caro. Ten en cuenta que este registro es imprescindible para sacarle el seguro, y carecer del seguro obligatorio conlleva sanciones económicas que oscilan entre los 250 y los 800 euros, en función de si lo consideran Vehículo Personal Ligero (VMP) o vehículo a motor (más de 25 kg y más de 14 km/h de velocidad máxima).



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